A vueltas con el 9N: la consulta de Cataluña
Ya es el pan de cada día: la consulta del 9 de noviembre (o 9N) sobre una eventual independencia de Cataluña.
A diario, todos los medios de comunicación dedican unas palabras a esta cuestión, bien sea para posicionarse y dar argumentos a favor, o bien para manifestar su oposición frontal a la posibilidad de celebrar un referéndum acerca de una hipotética separación del territorio catalán respecto del resto del Estado. Lo que más preocupa y, a su vez, más polémicas genera, es si el referéndum sobre la independencia se encuentra dentro de la legalidad española o no.
De acuerdo con el artículo 92 de la Constitución española, el derecho a convocar un referéndum (para todos los ciudadanos del país) reside en la figura del Rey, que lo hará a propuesta del Presidente del Gobierno y con la autorización previa del Congreso de los Diputados. De entrada, por tanto, podría decirse que la llamada de Artur Mas a los catalanes a votar en la consulta del 9N no es legal: en primer lugar, porque no se trata de un referéndum convocado de acuerdo a la legislación nacional y, en segundo lugar, porque pretende involucrar única y exclusivamente a la población catalana. En este sentido, cabría pensar que la Generalitat podría ampararse en el artículo 122 del Estatut, el cual le concede competencia para regular consultas populares, pero, aun así, el Gobierno de Rajoy podría apelar al artículo 161.2 de la Constitución para impedir la celebración de dicho referéndum.
Un añadido a esta problemática es la falta de comunicación entre la Administración Central y la Generalitat. Hasta ahora, Rajoy se ha mostrado reticente a negociar con Mas acerca de la celebración del referéndum y éste último, por su parte, tampoco ha manifestado interés por tratar de suavizar su discurso y sus propuestas con tal de poder negociar con el Gobierno. Por ahora, mientras Moncloa y la Generalitat no estrechen lazos y entablen un diálogo, las tensiones entre ambas Administraciones irán, probablemente, a más.
El PP catalán mantiene el mismo postulado que su homólogo estatal: Sánchez-Camacho es una opositora feroz a la consulta del 9N. No obstante, mientras que CiU y el PP de Cataluña han sido totalmente inflexibles en sus posiciones, hay otros discursos un tanto más sutiles, como el del PSC. Así, los socialistas catalanes son favorables a la celebración de un referéndum de reforma constitucional por el cual España se convertiría en un Estado federal, lo cual permitiría al Govern llevar a cabo sus planes y celebrar la consulta de forma legal.
Por su parte, la Comisión Europea ha sido muy clara a este respecto. Durante su presidencia, José Manuel Durao Barroso ya afirmó que ésta es una cuestión que debe resolverse en territorio español, entre el Gobierno catalán y el Central. Del mismo modo se ha pronunciado el nuevo presidente del Ejecutivo comunitario, Jean-Claude Juncker, quien hace tan sólo unas semanas aseguró a Josep Maria Terricabras, el nuevo eurodiputado de ERC, que “uno no se convierte en miembro de la UE enviando una carta”, aludiendo a la carta que Artur Mas envió a los Gobiernos de los 28 pidiendo el apoyo al referéndum.
Sin embargo, hay otra cuestión bastante inquietante en relación con esta controversia y es precisamente si Cataluña, al convertirse en un Estado independiente, podría seguir (automáticamente) dentro de la Unión Europea o si, por el contrario, debería llevar a cabo el farragoso proceso de adhesión a dicha organización. Desde Cataluña, los partidarios del proceso de secesión se decantan por la primera de las opciones señaladas. Éstos aseguran que, al no haber ningún precedente, un nuevo Estado dentro de la UE, surgido a partir de un proceso de separación, tendría derecho a seguir dentro de la Unión. En cambio, los opositores al referéndum apuestan por la idea contraria, es decir, que Cataluña, de lograr su independencia, debería forzosamente renegociar su pertenencia a la Unión Europea. En cualquier caso, ante esta controversia, parece que lo más razonable y más objetivo sería atenerse a lo que dictan las leyes.
El artículo 4.2 del Tratado de Unión Europea establece que “la Unión respetará […] la identidad nacional de los Estados Miembros […] y respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial […]”. Es decir, la Unión Europea, de convertirse Cataluña en un país independiente, no podría reconocerla como Estado Miembro de forma inmediata, sino que debería someterse al proceso de adhesión por el que debe pasar cualquier tercer Estado que desee sumarse a los 28. Por tanto, está claro que, al menos de acuerdo con los Tratados de la Unión, una Cataluña independiente pasaría a ser un tercer Estado, quedando fuera de la Unión Europea.
En cualquier caso, habrá que esperar a ver qué sucede en los próximos meses, si se celebra el referéndum o no, cuál es su resultado y, en cualquier caso, qué es lo que ocurre tras ello. Por ahora, lo que sí podríamos afirmar es que la independencia de Cataluña podría tener consecuencias ciertamente negativas para gran parte de la población catalana, especialmente porque, por una parte, los catalanes dejarían de ser españoles y, por otra parte, porque con casi toda probabilidad se quedarían fuera de la Unión Europea.
Elisa Rodríguez